Juicio por jurados

Santa Fe: media sanción a la ley de Juicio por Jurados

27 Jul 2018

La Cámara de Diputados de Santa Fe le dio ayer media sanción al proyecto de ley de Juicio por Jurados con el apoyo de una abrumadora mayoría parlamentaria. Así la provincia da un nuevo paso en la mejora de su moderno sistema de justicia penal adversarial.

La iniciativa contó con el voto afirmativo de 39 diputados de casi todos los bloques parlamentarios (socialismo, radicalismo, peronismo, democracia progresista, ARI, independientes y de la izquierda). Los siete diputados del PRO votaron en contra a pesar de que el jurado es uno de los ejes del Programa Justicia 2020 del Gobierno Nacional.

Fueron cruciales las intervenciones y el intenso trabajo de los diputados Rubén Galassi, Jorge Henn, Antonio Bonfatti, Ariel Bermúdez, Julio Eggiman, Luis Rubeo, Santiago Mascheroni y Leandro Busatto. Todos ellos lograron plasmar en un único texto los varios proyectos de ley que ya existían en la Cámara con el que enviara el Poder Ejecutivo el año pasado a instancias del Ministerio de Justicia.

Según lo establecido por el proyecto, los jurados estarán compuestos por doce ciudadanos titulares (hombres y mujeres en partes iguales) y dos suplentes, cuya función será tanto una carga pública como un derecho tal como lo prevé la Constitución Nacional. Serán juzgados bajo este sistema delitos graves, tales como aquellos cometidos con dolo o preterintención que hayan tenido como resultado la muerte de una o más personas; las torturas, severidades, vejaciones y apremios ilegales cometidos por funcionarios públicos; y los abusos sexuales agravados por acceso carnal o sometimiento gravemente ultrajante, las lesiones gravísimas de género, entre otros.

El veredicto de culpabilidad o inocencia deberá ser unánime, bajo la modalidad de la Regla Inglesa. En caso de no alcanzar la unanimidad, tras un lapso razonable y tres ruedas de deliberación, el juez aceptará un veredicto con diez votos afirmativos. Si no se alcanzare tal mayoría agravada, se realizará un nuevo debate a pedido del acusador. Si tanto el fiscal como el querellante desisten de continuar la acusación, el acusado quedará absuelto.

En los casos, donde el veredicto sea de “no culpabilidad” no se admite ningún recurso, salvo que se demuestre soborno, amenaza o coacción sobre algún integrante del jurado.

De aprobarse la ley, Santa Fe se sumaría a las cinco provincias que tienen ley de juicio por jurados aprobadas (Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, Chaco, y Río Negro), a las cuales podrían agregarse a lo largo de este año las provincias de Mendoza, San Juan, Santa Cruz y Entre Ríos.

INECIP