En otro contundente fallo, El Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires reafirmó por segunda vez la constitucionalidad de la norma que le impide recurso al acusador contra la absolución decretada por el jurado.
De este modo, el Tribunal de Casación se erige nuevamente como un custodio fundamental de los aspectos centrales de la Ley de Juicio por Jurado 14.453, preservando así la delicada lógica que ostenta este sistema de enjuiciamiento hace 8 siglos.
La Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) celebran está extraordinaria e impecable decisión. Los veredictos de no culpable del jurado son finales y no admiten recurso, conforme lo establece claramente la normativa convencional internacional de der humano
Recordamos que anteriormente, el Tribunal de Casación había adoptado el mismo criterio en el fallo “Lopez“.