Trata de personas

“Dejar de lado ciertas prácticas judiciales, muchas veces nocivas, que deben ser releídas a la luz de las nuevas realidades sociales y culturales”

Así lo afirmó el fiscal Marcelo Colombo durante un taller de capacitación sobre trata organizado por la UFASE y el INECIP.

20 Jun 2013

Se llevó a cabo en la sede de la Universidad de Palermo, un taller de capacitación denominado “Construcción Estratégica de Casos y Litigación en Casos de trata de Personas con Fines de Explotación Sexual”, organizado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) junto con la Procuraduría de Trata de Personas y Secuestros Extorsivos del Ministerio Público Fiscal, en el marco del Proyecto Abre Puertas: “Lucha contra la trata de Niños, Niñas y Adolescentes en Argentina y Paraguay” y del Convenio vigente entre ambos organismos.

La capacitación duró tres días, y estuvo a cargo de docentes extranjeros y nacionales con amplia experiencia en litigio. De los encuentros, participaron más de 50 funcionarios/as y fiscales del Ministerio Público, quienes se capacitaron en el manejo de las técnicas de litigio en juicios orales a través de la preparación y el análisis de casos; el interrogatorio y contrainterrogatorio de testigos y peritos; la utilización de objeciones y el manejo de evidencia material y la ejecución de alegatos y presentaciones orales dirigidas particularmente a casos de trata de personas y delitos conexos.

En el curso se discutió acerca de la investigación y construcción de casos para llevar a juicio hechos de trata de personas. Allí se observó que esta clase de casos plantean complejidades desde su inicio, en donde, por lo general, el delito suele estar en curso de ejecución. Por esto, se trabajó en la necesidad de que los fiscales aborden la mayor cantidad de hipótesis de investigación al recibir el caso, es decir, en un primer momento, y a partir de allí se comience a definir cuáles pueden ser rápidamente descartadas y cuál o cuáles, por el contrario, deben ser investigadas.

Gran parte del curso estuvo centrado en técnicas de litigación en un sistema adversarial. Sobre módulos teóricos y prácticos, se desarrollaron estrategias de interrogatorio y contrainterrogatorio a testigos como herramienta central del litigante para arribar a la prueba necesaria para una acusación. Además, se trabajó sobre la idea de que sólo podrá ser considerada “prueba” la evidencia que ha sido sometida al contradictorio. La contradicción opera así como garantía de calidad de la información que se utilizará para decidir el caso, y por eso se introdujo la necesidad de que los fiscales trabajen sobre las evidencias de sus casos.

En cuanto a los testigos, se discutió y se practicó la preparación para la audiencia de debate puntualizando la necesidad de garantizar un contacto personal previo en donde se comunique al testigo las reglas básicas del juicio y se le explique en qué consiste un interrogatorio y un contrainterrogatorio.

El tratamiento de la víctima/testigo

Del desarrollo del curso surgió la necesidad imperiosa de tener en cuenta, como pauta fundamental, llevar adelante todas aquellas medidas tendientes a asegurar las garantías mínimas para el ejercicio de los derechos de las víctimas, contenidas en el artículo 6 de la ley 26.364, según ley 26.842. La vulnerabilidad caracteriza a las víctimas de este delito que son además víctimas, testigos y, por esta razón, una pieza fundamental en la construcción del caso.

La vulnerabilidad de las víctimas y las características del delito en las que suele existir una relación de dependencia psíquica y económica entre explotadores y explotados, puede en ocasiones retardar o anular la obtención de detalles e información que resultan indispensables para enderezar la investigación hacia una hipótesis de trata y es por esto que la asistencia y tratamiento de la víctima de trata de personas resulta una herramienta fundamental en el tratamiento de este tipo de casos.

En efecto, es fundamental brindarles a ellas toda la asistencia necesaria al efecto de generar las condiciones adecuadas que permitan obtener declaraciones completas respecto de los hechos acaecidos. En esta misma línea, se debatió acerca de la necesidad de contar con un profesional en psicología, en la recepción de las declaraciones de las víctimas, tal cual se incorporó a la ley 26.842.mediante la utilización de una “Sala Gesell” y la grabación de la entrevista en soporte audiovisual.

Un problema común en las jurisdicciones

Algunos de los puntos en los que coincidieron los asistentes al curso, tienen que ver con el dejar de lado ciertas prácticas judiciales –muchas veces nocivas- que deben ser releídas a la luz de las nuevas realidades sociales y culturales. En este sentido, se hicieron “patentes” ciertas falencias que emergen del procedimiento escrito, como por ejemplo la delegación de funciones, el lenguaje oscuro y complejo, y la falta de sistematización de las medidas de investigación.

También se coincidió en la necesidad de capacitación del personal de las fiscalías en relación al tratamiento que se les debe dar a las víctimas del delito de trata; en el establecimiento de estrategias a la hora de presentar formalmente un caso de trata de personas; en la conveniencia de desarrollar técnicas de interrogatorio y contrainterrogatorio; y en la importancia de que los contenidos tratados en el marco de este taller, sean extendidos a los jueces y a los planteles que componen los juzgados.

Por otro lado, y teniendo en cuenta que en el curso también participaron referentes de distintas fuerzas de seguridad, uno de los desafíos planteados fue tratar de inculcar los conocimientos obtenidos al personal de dichas fuerzas ya que, muchas veces, son los primeros en tener contacto con las eventuales víctimas.

Desde la Procuraduría se continuará trabajando en la capacitación a personal del Ministerio Público para investigar y litigar en este tipo de casos complejos, y en el diseño de herramientas de investigación útiles para el delito de trata.

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Fuente: http://fiscales.gob.ar/trata/dejar-de-lado-ciertas-practicas-judiciales-muchas-veces-nocivas-que-deben-ser-releidas-a-la-luz-de-las-nuevas-realidades-sociales-y-culturales/

INECIP