Entre 1998 y 1999 UNICEF oficina de Argentina realizó una investigación sobre la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en diferentes regiones del país. Esta investigación proporcionó un diagnóstico general a partir de estudios desarrollados en distintas provincias, que confirma la existencia de niñas y niños en circuitos de prostitución.

En mayo de 2000 UNICEF conjuntamente con el Consejo Nacional del Menor y la Familia, el Consejo Nacional de la Mujer, la Secretaría de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio Público Fiscal organizaron una primera actividad, -un seminario de dos días de duración-, en el que se difundieron los resultados de la investigación realizada y en el que se tomó la iniciativa de diseñar un Plan de Acción a favor de los derechos de la niñez objeto de explotación sexual comercial, por considerar a que estas prácticas constituyen una extrema violación a los derechos de las niñas y niños. Por otra parte con esta iniciativa se pretende avanzar en el desarrollo de mecanismos específicos para hacer efectiva la Convención de los Derechos del Niño y la Convención contra todas las Formas de Discriminación hacia la Mujer, Artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Ley 24632 conocida como Convención de Belén Do Pará, Ley 24632 y la Convención 182 de la OIT contra las Peores Formas del Trabajo Infantil, Ley 25255.

Las instituciones mencionadas, a fin de enfrentar de modo integral las distintas dimensiones de la explotación sexual comercial infantil, se propusieron llevar adelante el presente plan de acción intentando asimismo comprometer a otros sectores institucionales y sociales en el tema, ya que dada la multidimensionalidad de la problemática ninguna acción aislada puede resultar exitosa.