Si bien la Corte condenó al Estado de Nicaragua por violaciones varias a los derechos de las víctimas de un delito de abuso sexual contenidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, y específicamente por no haber garantizado imparcialidad y evitación de arbitrariedad en el caso concreto de “V.R.P., V.P.C. y otros vs. Nicaragua”, en su discurrir ha dado por tierra con las principales críticas que se dirigían a la validez convencional del jurado clásico. Es la primera vez que la CIDH emite un fallo sobre Juicio por Jurados.