Juicio por jurados

Conversatorio: Juicios por jurado. La experiencia de la Justicia Provincial y los desafíos de la implementación en la Justicia Federal

El jueves 5 de diciembre, el INECIP participó del encuentro organizado por la Cámara Federal de Casación Penal para compartir las experiencias de las distintas provincias que ya implementaron el juicio por jurados de cara a los desafíos de su aplicación a nivel federal.

11 Dic 2024

El conversatorio comenzó con la presentación del Dr. Mariano H. Borinsky, presidente de la CFCP, quien destacó la relación intrínseca entre la participación pública y la administración de justicia con el estado de derecho. Borinsky sostuvo: “Cuando hablamos de juicio por jurados hablamos de que confiamos a la sociedad como guardián de los propios derechos, y estamos tratando de evitar lo que en la historia fue el autoritarismo y las élites políticas”. Finalizó la presentación del conservatorio afirmando que la implementación del juicio por jurados permite ejercer un control transparente de la ciudadanía en los actos públicos y de gobierno

Por su lado, el Dr. Andrés Harfuch, Director del Programa de Juicio por Jurados del INECIP y Defensor General de San Martín, comenzó su exposición sosteniendo: “Estamos cumpliendo con una triple manda constitucional. La Constitución argentina demanda tres veces el jurado, y estoy convencido de que, si en este país hubiésemos adoptado el sistema acusatorio oral mediante jurados diez años después de la organización nacional, la justicia habría sido muy diferente”. Luego destacó la calidad del proyecto de ley federal y sostuvo que es un ejemplo a seguir para las provincias, ya que cuenta con tres ejes claves. En primer lugar, reglamenta en detalle el desarrollo del juicio oral bajo los criterios de la litigación adversarial, lo cual permite el desarrollo de un mejor litigio. En segundo lugar, incorpora las reglas éticas de la abogacía y, finalmente, establece un jurado con seis notas características que lo distinguen.

Respecto a este último punto, el jurado federal contará con 12 integrantes con paridad de género, será dirigido por un juez, recibirá instrucciones solo sobre la ley aplicable, y el veredicto deberá ser unánime. Si no se alcanza la unanimidad se declarará estancado y se realizará un nuevo juicio. Además, el veredicto será inapelable, y se conformará mediante una audiencia de voir dire.

Por su parte, la Dra. Ximena Morales, Defensora Oficial de la provincia de Mendoza, expuso sobre la importancia y el desarrollo de la audiencia de selección de jurados (voir dire). Explicó que se trata de una audiencia adversarial, donde se destaca el rol horizontal y la participación activa de las partes a la hora de elaborar preguntas a los ciudadanos. También destacó: “Todos tenemos sesgos y prejuicios y eso no inhabilita a un ciudadano a intervenir como jurado. El litigante debe advertir si estos sesgos o prejuicios afectan de modo tal que no pueda gozar el ciudadano de la imparcialidad exigida”.

El Dr. Marias Deane, Juez de la provincia de Buenos Aires, destacó: “No va a ser una reforma más al código procesal (…) es todo un paradigma nuevo de administración de justicia”. Así también, desarrolló sobre cómo cambia y mejora la presentación de evidencia por las partes en el juicio, siendo más relevante y confiable. Destacó la importancia de las funciones del juez técnico, ya que debe controlar que el proceso se haga conforme a la ley y esto va a determinar si es o no válida la resolución del jurado.

La Dra. Marcela Dimundo, Fiscal de la provincia de Buenos Aires, se expresó desde su lugar dentro de la fiscalía. Destacó que el cambio que trae la aplicación del juicio por jurados plantea grandes diferencias a la hora de preparar un caso, dando centralidad a la búsqueda y presentación de las pruebas de forma clara. Así también, entendió que la teoría del caso que planteen las partes es lo que define el juicio y que esta va a estar basada en la presentación de los hechos, prueba y derecho. Destacó: “El juicio por jurados trae dos grandes litigios, el litigio de contradicción no solo de garantía de imparcialidad, sino también de prueba. Nunca antes habíamos litigado tanto la prueba, como lo hacemos en el juicio por jurados”.

La Dra. Mariela Belfer, Defensora Oficial de la provincia de Buenos Aires, expuso sobre el rol de la defensa en los juicios por jurado. En su exposición destacó que este modelo requiere una defensa activa, cambiando el paradigma con el que se ha trabajado durante muchos años: “La aplicación de este modelo en la provincia de Buenos Aires ha generado un gran desafío, en el buen sentido, nos hace ir por más”. A su vez, resaltó la importancia de que la defensa busque y presente su propia prueba, y como esto rompe con las prácticas instaladas en el sistema. Cerró su exposición destacando que en estos juicios se deja de lado la concepción de la verdad inquisitiva o histórica, sino que la verdad es la que construye cada litigante en base a los hechos y prueba presentada.

Por su lado, el Dr. Mateo Bermejo, Juez de la provincia de Mendoza, comenzó su exposición afirmando: “El jurado es heredero de una tradición republicana y democrática”. Luego desarrolló sobre las instrucciones que debe dar el juez a los jurados, e hizo hincapié en que la única forma de afirmar que la resolución del jurado es legítima es si el juez cumple con dar las instrucciones con lenguaje claro y de forma clara y concisa. Así también destacó la legitimidad social con la que cuentan las decisiones del jurado popular en contraposición con las decisiones tomadas por los jueces profesionales.

Finalmente, Aldana Romano Bordagaray, Co-directora del Programa de Organización y Gestión Judicial del INECIP, se expresó sobre la importancia de llevar a cabo una gestión eficaz del juicio por jurados. En este sentido afirmó: “Una gestión eficaz del sistema de jurados tiene una tarea central: conseguir jurados imparciales para cada uno de los juicios”. A su vez agregó que la única forma de encontrarnos ante un jurado imparcial es que este sea representativo de la diversidad social, para eliminar los sesgos de las personas y que la deliberación del jurado sea centrada en la prueba. Dentro de la gestión existen dos grandes tareas: 1) realizar el sorteo; 2) las actividades propias de la depuración; y para esto es necesario que la confección de la lista maestra sea diversa. En este contexto, enfatizó que la gestión se debe ocupar de establecer las estrategias necesarias para llegar a todos los sectores sociales.

Desde el INECIP consideramos urgente que la ley de juicio por jurados a nivel federal sea aprobada por el Congreso de la Nación. En este sentido, consideramos que estos espacios de formación e intercambio son más que importantes para que los operadores y operadoras judiciales estén preparados para recibir este nuevo sistema.

 

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INECIP