Comunicados

Programa de democratización del Servicio Penitenciario Federal

24 Abr 2014

Por Raúl Salinas del área de Cárceles de Inecip

El Instituto en Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) sostiene públicamente, desde hace varios años, la necesidad de reformar los usos del sistema carcelario y, en particular, del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

A propósito de la promoción de una nueva Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal como una de las metas de gestión para el año 2014 anunciadas por la Jefatura de Gabinete de Ministros y en el reciente Congreso federal sobre reformas legislativas organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, deseamos proponer diez ejes para el debate público de un programa “real” de democratización:

– Integración de un sistema de ejecución penal
– Redefinición de la naturaleza del SPF
– Profesionalización y separación de funciones
– Nuevos principios de actuación
– Desmilitarización de la organización
– Rediseño de la carrera profesional
– Nuevos mecanismos de control y sistema disciplinario
– Defensoría de agentes
– Participación comunitaria
– Transferencia de competencias y recursos a la Ciudad Autónoma y regionalización

Integración de un sistema de ejecución penal

La cárcel es una institución pública que debe ajustarse a los valores democráticos. Por eso, es central asumir el gobierno civil de las instituciones de seguridad y limitar los amplios márgenes de autonomía y delegación. Ello implica la dirección por parte de las autoridades políticas, la asunción de la gestión presupuestaria y la integración de los diferentes actores públicos con competencia en la materia. En este marco, se debe propender a la interagencialidad dando intervención a los distintos poderes de gobierno y a las reparticiones del Poder Ejecutivo Nacional y local (ministerios, consejos, provincias, municipios). Al mismo tiempo debe optimizarse la articulación entre el sistema de privación de libertad de niños y niñas, las políticas de desarrollo social, las de atención de salud, y en particular, las referidas a adicciones, juventud, trabajo y prevención del delito, entre otras. La cárcel debe dejar su aislamiento y opacidad. Criterios tales como la intersectorialidad, evaluación y planificación constantes deben ser incorporados.

Redefinición de la naturaleza del SPF

El SPF debe abandonar el perfil de fuerza de seguridad orientada a producir orden y seguridad al interior de las cárceles enmarcado en una suerte de “guerra contra los delincuentes.” Su modelo organizativo responde a la ley del año 1973, producto del gobierno no democrático del General Alejandro Agustín Lanusse y cristaliza un esquema militarizado, violento y patriarcal orientado a la represión e ideado al calor del espíritu de esa época. Es necesario que adopte un diseño moderno de servicio público civil con función social.

Profesionalización y separación de funciones

Para materializar los mandatos constitucionales debe especializarse, profesionalizarse y tecnificarse, separando las funciones de seguridad de aquellas vinculadas con las áreas de administración, gestión, salud, trabajo, educación, tratamientos destinados a la reintegración social, control de medidas y asistencia post-penitenciaria. La experiencia enseña que la concentración de dichas funciones produce cierto orden de baja calidad (muertes, lesiones, suicidios, abusos, fugas, autoritarismo) y termina subordinando, cuando no anulando, todo lo referido a las demás áreas.

Nuevos principios de actuación

Otro de los cambios necesarios está dado por el marco normativo que debe orientar la actuación de los y las agentes. Los Derechos Humanos deben constituir la referencia obligada, asegurando un trato digno, atención y adecuadas condiciones de encierro a cada persona privada de la libertad, asistiéndola en el ejercicio de sus derechos e implementando acciones tendientes a reducir el impacto negativo que genera el encierro, reduciendo la vulnerabilildad, fomentando la construcción de ciudadanía incluyente y democrática y posibilitando el desarrollo individual. En función de ello y con el norte puesto en el momento del egreso se debe garantizar la seguridad.

En particular, deben fijarse los criterios para el uso de la fuerza de conformidad con los estándares internacionales y desarrollarse una política pública activa de prevención de la tortura.

Ello implica un nuevo perfil de agente con formación en universidades nacionales, no castrense y capacitación específica permanente que habilite su actualización. Los criterios de reclutamiento deben responder a las pautas propias de la administración pública e, incluso, habilitar la sindicalización de los trabajadores penitenciarios, excluyendo la posibilidad de efectuar medidas de fuerza.

Desmilitarización de la organización

A partir de su nueva naturaleza, finalidad y marco de actuación, el SPF debe abandonar la organización refleja a la del ejército, nacida al abrigo del enfrentamiento bipolar del siglo pasado que perseguía combatir al enemigo interno mediante la fuerza, la disciplina y la obediencia acrítica. Su diseño debe ser flexible, dinámico, con mayor horizontalidad, representatividad de grupos y colectivos y adaptado a sus misiones sociales, dimensionando adecuadamente las funciones administrativas e instrumentales de aquellas sustanciales.

Rediseño de la carrera profesional

Esto implica establecer principios básicos de burocracia, meritocracia, antecedentes, concursos para el acceso a cargos, jerarquía única, exigencia de títulos universitarios afines a las funciones y una menor distancia entre cúpula y bases. Deben abandonarse la división entre personal de conducción (oficiales) y tropa o subalternos (sub-oficiales) y deben limitarse la cantidad de grados y jerarquías.

Nuevos mecanismos de control y sistema disciplinario

El rasgo de institución estatal exige rendición pública de cuentas, transparencia y mecanismos internos de control robustos y con capacidad de llevar adelante un control eficaz ante abusos funcionales, en particular tortura y corrupción. Para ello deben contar con especialización, autonomía y responder de modo directo a las máximas autoridades políticas.

También debe aprobarse un nuevo régimen disciplinario, que deje atrás al decreto 1523 del 14 de marzo de 1968 durante la dictadura militar autodenominada “Revolución Argentina”, a cargo de Juan Carlos Onganía. Es necesario garantizar la legalidad, publicidad, el debido proceso y la defensa en juicio como mecanismos que potencien valores y reafirmen la condición de sujeto titular de derechos para el agente.

Defensoría de agentes

En función del mismo propósito deben ponerse en funcionamiento ámbitos similares a los ombudsman sectoriales para el personal con la finalidad de proteger a los agentes ante potenciales abusos e ilegalidades (por ejemplo, discriminación, sanciones informales, acoso sexual, etc.).

Participación comunitaria

Los controles externos también deben potenciarse (regularización del interinato en  la Procuración Penitenciaria, Defensoría del Pueblo, efectiva entrada en vigor del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura, nombramiento de jueces de ejecución, equipos técnicos de asistencia) y debe incentivarse y regularse la participación comunitaria para reducir el impacto de encierro, aumentar los grados de visibilidad, monitorear e involucrar a la comunidad en la inclusión social de la persona sometida a una medida penal y de su entorno familiar. La reducción de la reincidencia debe incorporarse como objetivo específico. Para ello el Estado debe asumir su responsabilidad, hoy desatendida y defectuosamente delegada en una asociación civil de cuño caritativo, el Patronato de Liberados Frías.

Transferencia de competencias y recursos a la Ciudad Autónoma y regionalización

Finalmente debe darse cumplimiento al inacabado proceso de autonomización de la Ciudad de Buenos Aires iniciado con reforma constitucional de 1994, la misma que equiparó en jerarquía a Pactos y Tratados Internacionales de DDHH. Una mayoría abrumadora de las personas privadas de su libertad lo están por disposición de la justicia penal ordinaria con sede en la ciudad y sin embargo están detenidas a cientos y cientos de kilómetros de sus familias y jueces y defensores. La transferencia de competencias y recursos y la posibilidad de generar sistema regionales de ejecución optimizaran gastos, controles y aseguraran mayores niveles de igualdad.

La reforma efectiva del SPF constituye una de las deudas del proceso democrático argentino que no admite demoras ni cambios meramente superficiales.

INECIP