INECIP en los medios

Jueces por un día: cómo funcionan los Juicios por Jurados en Argentina

El sistema ya se aplica en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Neuquén; cómo se desarrollan los procesos y cuáles son las impresiones hasta el momento.

7 Jul 2015

Por Sol Amaya para el Diario La Nación

“¿Quieren estar acá? ¿Creen que pueden llevar a cabo esta tarea? ¿Alguno prefiere irse a su casa?”. Los candidatos observan algo asustados. Con timidez, algunos se atreven a responder. “Espero estar a la altura de las circunstancias”, dice uno. “Me da miedo que me supere la situación”, responde otra persona. Uno va un poco más allá: “Llegué temblando del miedo”, asegura. Todos ellos llevan un número colgado del cuello. Para una docena de estas personas, esa será su identificación durante los próximos dos días.

La escena ocurrió durante la audiencia de selección de jurados para el primer juicio de este tipo que se llevó a cabo en San Isidro el pasado 29 de junio. Doce titulares y seis suplentes fueron elegidos para determinar si José Osmar Zelaya Flecha, un joven acusado de asesinar a otro en una pelea, era o no culpable.

Este sistema judicial funciona hoy en tres provincias argentinas. Según informó Andrés Harfuch, vicepresidente de la Asociación Argentina de Juicio por Jurado, en Córdoba, desde 2005, se han realizado unos 300 procesos con jurados populares. En un 78% de los casos, los fallos fueron condenatorios. “Es lo normal en cualquier sistema de justicia occidental”, explicó Harfuch.

En tanto en Neuquén, donde el sistema funciona hace un año y medio, ya se realizaron 20 juicios por jurado, en 18 de los cuales el acusado fue condenado. Por su parte, la provincia de Buenos Aires ya lleva realizados 13 juicios con este nuevo sistema. En ocho hubo condena, mientras que en los otros cinco el acusado fue absuelto.

“Es una manera de democratizar el sistema judicial. Real y efectiva”, dijo a LA NACION el juez Mario Juliano, que dirigió el primer juicio por jurado llevado a cabo en Necochea . “La práctica demuestra que la gente sí puede decidir. Lo están haciendo muy bien y en muchos casos mucho mejor que los jueces profesionales como nosotros”, aseguró el magistrado.

Cómo funciona

El juicio por jurados en territorio bonaerense es opcional: la elección está en manos del acusado y su defensa. Se puede optar por este sistema “en todos los delitos que puedan ser penados con más de 15 años de prisión, excepto delitos de corrupción”, explicó el juez Juliano.

Antes del juicio en sí mismo, hay un proceso de selección de los ciudadanos que ejercerán el rol de jurados. En la provincia de Buenos Aires, se elabora un pequeño padrón en base a un sorteo. Para el día del juicio son citados 48 ciudadanos (24 mujeres y 24 hombres) de entre 21 y 75 años.

En esa primera audiencia, se filtra a las personas que tengan impedimentos para ejercer de jurados. Entre otras cosas, no pueden tener vínculos con la víctima, con el imputado ni con el fiscal. No pueden ser abogados ni ejercer cargos públicos por elección popular. Tampoco pueden estar en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad.

Durante la audiencia de selección para el juicio en San Isidro, la jueza María Coelho explicó a los postulantes la importancia de su rol. “La imparcialidad es una exigencia fundamental”, dijo la magistrada.

Inmediatamente después de que fueron elegidos los 12 jurados titulares y 6 suplentes, comenzó el juicio. La jueza Coelho indicó que los jurados deben juzgar en base a las pruebas, y no a los dichos. Aclaró que durante el juicio, no podían leer los diarios ni ver televisión. Que debían entregar sus celulares y sólo podían comunicarse con sus familias a través del personal judicial. También explicó el principio de inocencia, y el derecho del imputado a no declarar. Además, detalló que para dar un veredicto de culpabilidad debían decidirse “más allá de toda duda razonable”.

Según la ley bonaerense, el veredicto de culpabilidad exige como mínimo 10 votos, salvo que el delito que se juzga tenga prevista pena de prisión perpetua, en cuyo caso el fallo deberá darse por unanimidad.

Si los jurados no llegan a un acuerdo, se debatirá y se volverá a votar hasta tres veces. Si la situación no cambia, el veredicto “será de no culpabilidad, salvo que se hubieran obtenido más de ocho votos afirmativos, en cuyo caso el jurado se declarará estancado”.

Si eso sucede, el juez le preguntará al fiscal si quiere continuar con el ejercicio de la acusación. En caso negativo, el juez absolverá al acusado, salvo que el particular damnificado sostenga la acusación.

“En caso afirmativo, el jurado volverá a deliberar y votar las cuestiones. Si el jurado continuase estancado, se procederá a su disolución, y se dispondrá la realización del juicio con otro jurado”, determina la normativa. Si el nuevo jurado también se declarase estancado, el veredicto será de no culpabilidad.

“La imparcialidad es una exigencia fundamental”

A los jurados que trabajan en relación de dependencia se les justifica la jornada laboral y el patrón no les puede descontar el día. Los trabajadores independientes tienen una indemnización diaria de unos $ 750 y además se les pagan los viáticos.

Los abogados con lenguaje simple y emocional

Convencer a un tribunal formado por jueces profesionales de la inocencia o culpabilidad de una persona es completamente diferente de intentar persuadir a un jurado popular.

“El desafío es cómo expresarlo para que lo entienda el jurado, que es un ciudadano común. Vencer la tradición cultural del Derecho Penal y empezar a hablar en castellano. Hacerlo más sencillo, para un juzgamiento que no es técnico, para un ciudadano que no es abogado”, explicó el juez Juliano.

En el juicio de San Isidro, tanto el fiscal Gonzalo Acosta como el abogado Barrionuevo procuraron explicar sus posturas de la manera más sencilla posible. Ninguno de los jurados manifestó tener dificultades para comprender las exposiciones de las partes. El veredicto, que se conoció al día siguiente del comienzo del juicio, fue condenatorio.

“Más allá del fallo, no quedé conforme. Lo que comprobé con esta experiencia es que ante ciudadanos comunes, las emociones e impresiones pueden prevalecer antes que las pruebas científicas”, dijo Barrionuevo, defensor del joven condenado.

“Lo que me sedujo de este nuevo sistema es que permite mayor equilibrio de fuerzas entre la fiscalía y la defensa. Porque en un Tribunal de jueces profesionales, los magistrados suelen interferir con preguntas y a veces terminan tomando partido”, explicó el letrado. “Pero el costo de elegir un jurado popular es que la gente puede dejarse llevar por las emociones, como pasó en el juicio contra mi defendido”, señaló. Y aclaró: “De todos modos veo muy positivo que haya opciones. Desde la óptica de la defensa, será cuestión de evaluar qué es más conveniente en cada caso en particular”.

Responsabilidad

Doce hombres en pugna, una película de 1957 que pone en escena cómo juegan las subjetividades en el debate de los jurados, deja en claro también el enorme peso que recae sobre los ciudadanos que deben cumplir este rol. “Ahora es su deber sentarse y tratar de separar los hechos de la fantasía. Un hombre está muerto. La vida de otro hombre está en juego”, dice el juez de este film a los jurados. Lo dramático y contundente del anuncio del magistrado no es para menos: si el acusado, un joven acusado de matar a su padre, es hallado culpable, deberá enfrentar la pena de muerte.

La deliberación parece bastante definida en un principio: 11 de los jurados creen que el joven es culpable del homicidio. Pero uno no está de acuerdo y comienza a sembrar interrogantes. Trata de ponerse en el lugar del acusado. Somete a discusión los prejuicios que van surgiendo. El debate se pone intenso y, de a poco, los jurados se van convenciendo del veredicto contrario. Sólo uno resiste hasta el final, pero se quiebra. Entre llantos, acepta la decisión de la mayoría: no culpable.

Esta película hoy es distribuida por el Ministerio de Justicia bonaerense en charlas y debates sobre el sistema de juicios por jurado, para concientizar sobre la responsabilidad del ciudadano que es seleccionado para definir si una persona debe o no ser condenada.

“Me resisto a pensar que lo que se dice en los foros de los medios o en la cola del supermercado es lo que piensa la ciudadanía en general. Una cosa es pedir la pena de muerte o la condena desde el anonimato o entre vecinos, y otra cuestión es tener que decidir de verdad sobre la vida de otra persona”, dijo el juez Juliano.

En ese punto coinciden la mayoría de las personas que han participado de los jurados bonaerenses. “La parte más fea es la responsabilidad de decidir sobre la libertad o no de una persona”, contó a LA NACION Claudia C., que fue parte de un juicio que se llevó a cabo en La Matanza.

“Soy ama de casa, mamá de dos adolescentes. Veía al chico que estaba acusado de homicidio y me daba mucha pena pensar que lo podíamos mandar a la cárcel por más de 20 años”, relató. “Lo debatimos en detalle, sabiendo que era una decisión muy importante. Lo declaramos culpable, era lo que correspondía, aunque decidir eso no te hace feliz”, añadió.

El mismo peso sintió Luis M, que fue presidente del jurado que participó del primer juicio bajo este sistema en Necochea. “Al momento de leer el veredicto te tiemblan un poco las piernas”, dijo. “Pero el caso era muy claro y tuvimos que declararlo culpable. No es una decisión fácil, pero la tomamos con toda la responsabilidad que implica. Para eso nos llamaron y estamos orgullosos de haber cumplido con ese deber”, sostuvo Luis.

Una encuesta realizada por el Ministerio de Justicia antes del desarrollo del juicio por jurados de San Isidro reveló que el 40% había sentido preocupación al ser seleccionado como jurado. Sin embargo, finalizado el juicio, ante una nueva encuesta, el 85% de los jurados respondió que volvería a participar de ese rol.

“Esta encuesta se realiza en cada uno de los procesos y viene demostrando que la gente tiene una mejor percepción de la justicia luego de estos juicios y la mayoría quisiera volver a participar de un jurado”, informaron fuentes del Ministerio.

Amas de casa, obreros, comerciantes, niñeras, docentes, ciudadanos ajenos a los conocimientos y prácticas del Derecho Penal pueden ser jueces temporales en casos concretos en los que, siempre coordinados por un magistrado profesional, deciden si una persona debe o no ser condenada por un delito. Doce personas que no se conocen deben ponerse de acuerdo para tomar esa importante decisión. Y luego volver a sus casas a seguir con sus vidas normales.

Fuente

INECIP