La situación de pandemia que afrontamos en la actualidad ha llevado a poderes ejecutivos y judiciales de distintos países del mundo a tomar medidas de urgencia y excepción para afrontar de la mejor manera posible un contexto de crisis sanitaria para la cual ningún Estado se encontraba preparado.
En lo que refiere a la situación de la justicia penal en todos los casos, el riesgo de contagio llevó a los sistemas de justicia penal a tener que suspender sus funciones de manera presencial o de flexibilizarlas para garantizar un mínimo de atención sobre cuestiones urgentes. Ello trajo aparejado la imposibilidad de realización de los juicios orales, tanto con jueces técnicos como con jurados, pero en ninguno de los casos dicho impedimento fue acompañado de una política que proponga la extensión del encierro preventivo como solución al problema. Sino al contrario.
La provincia de Neuquén es, en muchos aspectos procesales, un ejemplo para el resto del país. No sólo por ser la primera en adoptar el modelo de juicio por jurados clásico sino por presentar una organización judicial de avanzada y comprometida normativa y funcionalmente con el respeto de los derechos y garantías del debido proceso. En este sentido, que la provincia adopte una medida que busque extender en un 100% el tiempo de la prisión preventiva – la medida más excepcional y de última ratio del proceso – entendemos que se traduce en un completo desconocimiento y retroceso de lo realizado por todos los operadores del sistema desde el año 2014.
Las dificultades de orden logístico y organizativo frente a las que nos encontramos, no pueden ser jamás un justificativo para avanzar sobre la libertad de las personas, menos aún para extender el encarcelamiento de aquellos que aún mantienen su estado de inocencia. Todas las responsabilidades que el sistema de justicia penal tiene a cargo pueden subsanarse con esfuerzos adicionales de toda la organización jurisdiccional y administrativo con el que cuenta la provincia del Neuquén. Si en este contexto deben tomarse medidas excepcionales, éstas deben estar dirigidas a posibilitar la realización de los juicios orales de manera remota. Por supuesto que no se trata de un escenario ideal pero no por ello debemos olvidar de mantener y defender las garantías propias de un Estado democrático.
Por todo lo mencionado, desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) manifestamos nuestro profundo rechazo al proyecto enviado por el Ministerio Público Fiscal de la provincia de Neuquén que busca extender el plazo legal de duración máxima de la prisión preventiva.