Comunicados

Necesarias correcciones

Comunicado del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales y de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados sobre los primeros Juicios por Jurados en Neuquén.

12 Ago 2014

Ciertos errores que se advierten en el recientemente inaugurado juicio por jurados en la provincia de Neuquén, lejos de ser un problema, representan una inmejorable oportunidad para hacer las correcciones necesarias. Son, además, lógicos y comprensibles.

Algunos de los que hemos podido advertir hasta ahora -muy pocos, por cierto- son el sometimiento de interrogantes de hecho al jurado que están prohibidos en la práctica de siglos del common law. Por más que haya acuerdo de las partes, no se le puede preguntar al jurado, por ej: “¿Era un Wolskwagen blanco el auto visto a las 21.30 hs?”; “¿llevaba el imputado un arma blanca en su mano?”, o cosas por el estilo.

Este tipo de interrogantes constituyen una suerte de veredicto especial que está terminantemente prohibido, en tanto pretende direccionar las decisiones del jurado sobre los hechos, que son soberanas. No obstante, es totalmente esperable que se produzcan esta clase de errores menores.

Pero ayer se produjo la primera absolución del jurado neuquino. Como ya es sabido, el Fiscal General  pretende impugnarla de nulidad argumentando, con toda razón, que la deliberación del jurado fue interrumpida por lo avanzado de la hora. El juez director del debate decidió que se fueran a sus casas y retomaran al día siguiente al comienzo de la jornada.

Una deliberación así es insanablemente nula, pero sólo en el caso de que el veredicto sea de culpabilidad.

Como el veredicto, en cambio, fue de no culpabilidad, la garantía de non bis in idem prohíbe al acusador emplear la nulidad en contra del imputado y provocar un nuevo juicio o riesgo de condena.

Pero los argumentos del Fiscal General deben utilizarse para reforzar las correciones necesarias, destinadas a evitar la repetición esta situaciones en el futuro.

Lo que aquí ha sucedido es un error del juez director del debate, completamente comprensible para la A.A.J.J. Cualquier juez habituado a los juicios por jurados en el common law jamás imparte sus intrucciones al final de una jornada, porque eso aumenta enormemente la posibilidad de tener que recluir al jurado en un hotel cuando se haga de noche y no hayan alcanzado un veredicto.

Lo usual en estos casos es terminar la jornada con los alegatos de clausura de las partes y decretar un cuarto intermedio hasta la primera hora del día hábil siguiente. Los jurados se van a sus casas a dormir sin ningún inconveniente y el juicio se reanuda con las instrucciones del juez y el jurado posee todo el día para deliberar con tranquilidad.

El juicio por jurados es un juicio con exigencias administrativas superiores por los ciudadanos que hay que citar y por los estrictos controles que le son propios y que lo distinguen como un juicio altamente garantista.

Es más que probable que los jurados de este caso no hayan incurrido en ninguna irregularidad y, además, el error no le es atribuible a ellos. El error fue del sistema profesional, que debe adaptarse inexorablemente al manejo de los tiempos de un proceso penal con jurados.

Vemos con gran orgullo cómo se va desarrollando la experiencia juradista en Neuquén. Ella es la que marcará los mojones en la experiencia del jurado clásico que ya se avizora en la provincia de Buenos Aires, Chaco, Salta, La Rioja, CABA, Chubut y Río Negro. Es muy probable que este tipo de errores no se vuelvan a cometer. De allí el inestimable valor de que se hayan producido. Sólo deseamos que el sistema profesional de justicia neuquino no empiece a tomar decisiones equivocadas en materia jurisdiccional para intentar remediar situaciones que son puramente administrativas.

El veredicto de no culpabilidad del jurado es soberano y ninguna irregularidad, salvo el soborno, lo puede revocar.

 

INECIP