INECIP en los medios

Se presentó el Proyecto de Juicio por Jurados en Chubut

Palabras de la diputada provincial María José Llanes en la Honorable Legislatura del Chubut.

4 Jun 2014

Disertación María José Llanes:

Mediante el presente proyecto, se apunta a dar cumplimiento en la provincia del Chubut, al claro mandato de la Constitución Nacional en el sentido de que los juicios criminales deben realizarse por jurados (arts. 24, 75 inciso 22 y 118), preceptos éstos que se encuentran vigentes desde el año 1853 y que, además, han recibido ratificación expresa en la reforma del año 1994.

Asimismo, siguiendo el mismo eje de política pública, nuestra Constitución Provincial, reconoce como garantía del debido proceso, que el juicio sea oral, público y por jurados.

Y establece el Juicio con Jurados escabinos o mixtos (compuesto por vocales legos y jueces profesionales)  para el juzgamiento de las causas criminales vinculadas a delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio de la Administración Pública Provincial.

Ha sido principal fuente del proyecto el texto trabajado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), bajo la dirección de Andrés Harfuch, con valiosos aportes de numerosos especialistas, entre ellos las figuras consulares de Edmundo Hendler y Alberto Binder, además de prestigiosos juristas provinciales.

Así, entonces, este Proyecto de Ley organiza los Juicios por Jurados y con Jurados.

En línea con lo expuesto, se pretende completar el proceso de transformación de la justicia penal y profundización del sistema acusatorio materializado a través de distintas modificaciones legislativas impulsadas oportunamente.

El presente proyecto de ley, parte de la consideración de que la administración de justicia penal configura un eje esencial en el diseño de las políticas públicas del estado democrático de derecho, debiendo resguardarse equilibradamente en ella los intereses de los acusados y de la sociedad en su conjunto.

En tal sentido, la instauración del juicio por jurados en nuestra provincia apunta no sólo a reconocer la participación ciudadana en los asuntos públicos, sino que, a la vez, potenciará el principio de publicidad de los actos de gobierno y la trasparencia en la administración de justicia.

El proyecto propone el establecimiento del jurado popular clásico (integrado únicamente por ciudadanos comunes), por cuanto es el mejor modelo que asegura la participación ciudadana en la resolución del proceso judicial, al hacer que el veredicto se apoye exclusivamente en la voluntad del pueblo soberano, sin intervención de terceros que puedan influir en el sentido de la votación. Al mismo tiempo, permite fortalecer la garantía constitucional de imparcialidad del juzgador, reconocida en el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En esta inteligencia, se estableció un jurado compuesto exclusivamente por ciudadanos comunes (12 titulares y 2 suplentes), bajo la presidencia de un juez que ejercerá la dirección del debate y no intervendrá en el dictado del veredicto.

Se considera que todo ciudadano es naturalmente capaz para ser jurado, pues la esencia de este sistema es la participación directa del pueblo, con una composición representativa de la sociedad heterogénea.

Esto debe ser así, pues si el legislador constitucional en el artículo 16 entendió que todos los habitantes son iguales ante la ley y que la única condición para el acceso a los cargos es la idoneidad, es claro que los jurados son idóneos para ejercer justicia insertos en un tribunal, máxime cuando no se necesitan conocimientos técnicos para valorar la prueba y, a tenor de ella, tener por acreditado o no un hecho delictivo y la participación del acusado. Además, si los propios ciudadanos son quienes votan en las elecciones, eligiendo a quienes ejercen el gobierno, con más razón están capacitados para resolver cuestiones que atañen al sentido común y a la vida cotidiana, como saber si alguien cometió o no el hecho por el que se lo acusa.

No podemos dejar de lado este tema porque la realidad nos va mostrando que el juicio por jurados va a ir formando parte de la escena judicial en nuestro país. Y, ante ello, se deberá hacer frente a nuevas responsabilidades que se impondrán a los distintos actores que intervendrán en esta forma de impartir justicia. Nuevas responsabilidades devengadas de nuevos roles en el juicio penal.

En este sentido:

·        El juez deberá aprender a no participar activamente en el proceso, a ser un juez que garantiza el procedimiento, que deja a las partes hacer y a exponer el derecho de forma clara al común de los ciudadanos.

·        El abogado defensor cambiará su estrategia defensiva y aprenderá a ser un gran disertante y emotivo orador, a fin de convencer al jurado.

·        El fiscal será un minucioso investigador, encargado de poner toda la prueba y toda la motivación, de forma expresa en juicio público, con la carga correcta de la acusación.

·        Todos los juristas participantes deberán expresarse en lenguaje claro y directo, para que el caso pueda ser llevado al jurado con éxito.

·        Los ciudadanos deberán aprender a cumplir este nuevo rol activo de partícipe del sistema, concurrir a cumplir este deber cívico en forma cabal, también tendrán que auto cultivarse en la magnífica importancia que conlleva su participación.

Son varios los desafíos que se presentarán. Los nuevos roles descriptos son de responsabilidad y ello hace a la necesidad del debate y el aprendizaje general, para llevar adelante esta empresa con la seriedad que merece la justicia.

Creo que se puede crecer de esta nueva experiencia, sin olvidar formarnos para que esta institución no se convierta en un acto vacuo, que solo quede  como declamaciones políticas de teórica participación ciudadana.

Sin dudas mucho se va a decir, a favor y en contra del juicio por jurados. Es necesario que se abra  un gran debate sobre este tema. Seguramente se van a remarcar el mandato constitucional, la compatibilidad con el sistema internacional de derechos humanos, la calidad de garantía del imputado y se harán múltiples referencias a experiencias extrajeras y nacionales. Como también se cuestionará, la conformación del jurado, la preparación del mismo para decidir acerca de la culpabilidad, entre otros temas. Por ello estoy avocada a la realización de encuentros, simulacros y difusión para lograr la participación de todos los sectores sociales; ya que nos debemos como sociedad este debate en pos de democratizar la justicia.

Fuente

INECIP