Comunicados

Reforma del Ministerio Público Fiscal: lo urgente, lo necesario y lo importante

27 Abr 2021

El Congreso de la Nación se enfrenta, una vez más, a un escenario de debate por la reforma del Ministerio Público Fiscal. Lejos de ser una instancia intrascendente, se trata de una discusión impostergable, de una centralidad política e institucional de enorme magnitud. Es hora que se concluya con el escándalo que representa tener ya tres años de interinato en la Procuración General.

Más allá de las observaciones técnicas que siempre pueden hacerse sobre el proyecto en discusión y sobre las nuevas modificaciones que ha impulsado el Ministerio de Justicia de Nación, nos encontramos frente a una coyuntura que exige de un esfuerzo muy concreto: toda reforma que se haga de la norma debe buscar fortalecer al Ministerio Público Fiscal, y por ende a la figura de Procurador/a, que, además de conducir al organismo encargado de definir la política criminal, también tendrá la tarea de implementar el Código Procesal Penal Federal en todo el país.

La propuesta plantea un acierto indiscutible, el necesario establecimiento de un mandato temporal para el cargo de Procurador/a, reclamo histórico de la sociedad civil en nuestro país. Sin embargo, también avanza en la modificación de las mayorías exigidas para su designación, pasando de 2/3 a una mayoría absoluta. En varias oportunidades, desde el INECIP hemos planteado la inconveniencia de reformar las mayorías exigidas, entendiendo que una reforma de este tenor puede socavar la legitimidad de quien debe gestionar intereses sociales dinámicos y cambiantes. De allí que los modelos vigentes en los países de la región requieran o bien mandatos largos con mayorías agravadas, o mandatos más cortos con mayorías menos exigentes.

La continuidad de un Procurador provisorio, así como tantos jueces y fiscales en iguales condiciones, o el mantenimiento de funcionarios de importancia en condición de interinos, demuestra una grave incapacidad de nuestra dirigencia para establecer los acuerdos necesarios en cargos de gran trascendencia. Lo que debe resaltarse es que este tipo de designaciones no son privilegios de la dirigencia sino una obligación fundada en la sana representación política. Por ello mismo resulta urgente acabar cuanto antes con esa “cultura política del interinato”. En ese contexto, el aligeramiento de las mayorías especiales podría ser considerado como mal menor siempre que efectivamente permita salir de esta encrucijada. Si, por el contrario, es utilizado para nombrar un nuevo “interino” ello constituirá un claro debilitamiento de la institución. El avance de las reformas a la ley debe, casi obligatoriamente, estar acompañado por una determinación definitiva del cargo del Procurador Titular que, por el momento, no se avizora en el debate público.

El proyecto incluye también una serie de modificaciones que lejos de fortalecer al organismo tienden indefectiblemente a debilitarlo como institución autónoma y, por tanto, deben ser dejadas de lado. Por un lado está lo urgente, por otro, lo necesario y, de fondo, lo importante: los ejes de la reforma deben ser claros y direccionados hacia el fortalecimiento del Ministerio Público Fiscal, generando dispositivos para dotar de legitimidad a la institución y la figura del Procurador en particular. Toda discusión debe quedar enmarcada en esos fines.

INECIP