Por Sofía Serrizuela*
El caso COMARSA y la posible intervención de jurados en un conflicto de alto interés público.
El pasado viernes 17 de abril el Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló la suspensión del juicio a prueba otorgada a los directivos de la empresa COMARSA en el caso de los basureros petroleros en las afueras de la Ciudad de Neuquén, quienes deberán ir a juicio.
Se reabre una oportunidad histórica para la justicia ambiental argentina ya que, además, podría ser juzgado por un jurado popular.
El caso de los basureros petroleros
La empresa COMARSA se dedicaba al tratamiento de residuos peligrosos provenientes de la explotación petrolera y, desde el año 2009, se encontraba habilitada para funcionar en un predio del Parque Industrial Oeste en la Ciudad de Neuquén.
A partir del 2013, la empresa comenzó a expandirse depositando parte de los desechos tóxicos en terrenos linderos por no tener más espacio. De esta forma, COMARSA no sólo ocupó ilegalmente propiedad ajena e incumplió con su contrato de habilitación, sino que también se benefició económicamente. La firma de nuevos contratos de tratamiento millonarios hubiera requerido una gran inversión por parte de COMARSA, así como la aprobación de una nueva habilitación.
Este no fue el único delito cometido por la empresa. Lo más grave es que esta ampliación ilegal no implicó el “tratamiento” de nuevos residuos, sino que se trató del simple almacenamiento y acumulación al aire libre de desechos altamente tóxicos y dañinos para el ambiente.
El acopio durante años de alrededor de 300.000 toneladas de basura generó una contaminación al suelo, el agua y la atmósfera que aún no es posible calcular, generando un serio riesgo para la salud de la población y el ecosistema. Todo esto teniendo en cuenta que el predio se encuentra a pocas cuadras de asentamientos urbanos de la capital provincial.
A partir de una denuncia de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas en el año 2020, se inició una compleja investigación llevada adelante por el Ministerio Público Fiscal de Neuquén que resultó en la imputación de tres directivos de la empresa como responsables del delito de contaminación peligrosa para la salud en concurso ideal con el delito de administración fraudulenta, y solicitó la conformación de un Tribunal con jurados populares, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35 del Código Procesal Penal neuquino.
La dimensión económica del delito ambiental
Los delitos ambientales por parte de empresas poseen una motivación económica: generar una mayor rentabilidad, en este caso reduciendo los costos de producción. Como fue relatado, COMARSA se benefició económicamente con la ampliación de su negocio sin ninguna inversión en su infraestructura, y estos enormes costos terminaron siendo pagados con la salud de la población.
La imputación por administración fraudulenta no sólo se basa en la ilegalidad de este beneficio, sino que para su ocultamiento se requirió la comisión de otros delitos como la adulteración de balances simulando ganancias.
Este esquema también benefició económicamente a un entramado de empresas que son parte de la cadena de producción de la industria petrolera y que funcionan bajo una lógica de mercado. Además, implicó la connivencia de funcionarios de organismos públicos que tienen a cargo funciones de control de estas actividades.
El intento de impedir el juicio
A fines de marzo, el juez Yancarelli dictó la suspensión de juicio a prueba a los tres imputados, otorgándoles 4 años para la remoción de las toneladas de residuos acopiadas en el predio y la remedición, en gran medida imposible, del daño ambiental. Esta decisión se otorgó a una empresa que, desde hace casi diez años, incumple sistemáticamente los planes de saneamiento, muchos de los cuales fueron propuestos por ellos mismos.
El Ministerio Público Fiscal y las querellas se opusieron fuertemente a esta resolución. Se trata de una decisión infundada y contraria a lo dispuesto en el artículo 108 Código Procesal Penal provincial que indica que la probation “requiere la conformidad del imputado y de la Fiscalía”. En este caso, el Ministerio Público presentó una “oposición motivada y razonable”, tal como requiere el Código, fundada en las graves particularidades del caso.
El pasado 17 de marzo, el Tribunal de Impugnación de Neuquén revocó la suspensión de juicio en base a que diversos argumentos presentados por la acusación no habían sido tomados en cuanto por el juez Yancarelli a la hora de otorgar la suspensión de juicio a prueba. Entre los argumentos ignorados se hallan: la falta de un compromiso real de cumplimiento probado en las anteriores faltas; la magnitud del daño, que aún no puede ser definido con exactitud, y su obvio interés público; y los múltiples actos de adulteración de documentación por parte de los imputados.
Además, el Tribunal decidió apartar al juez Lucas Yancarelli, entendiendo que al haber tomado una decisión de esta magnitud ignoró infundadamente las oposiciones de la Fiscalía y las querellas. Este accionar fue una extralimitación de su función, yendo en contra del mismo principio acusatorio: la separación de juez y acusación.
El futuro de la causa: oportunidades históricas
El juicio de los basureros petroleros de COMARSA implicará una decisión histórica para la justicia ambiental argentina. Si, además, se realiza a través de jurados se tratará de una oportunidad única en nuestro país: permitir a la ciudadanía juzgar un caso de interés público de gran relevancia que afecta a toda la población de la Ciudad, presente y futura.
El primer juicio por jurados ambiental de Argentina significa dar cumplimiento a la obligación constitucional contemplada en los artículos 24, 75 inc. 12 y 118, y ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Canales”. En esa decisión, la Corte resumió las virtudes del sistema de la siguiente manera: “el juicio por jurados es una alternativa que permite conjugar la ‘precisión’ propia el saber técnico con la ‘apreciación’ propia del saber popular”.
Además, la decisión por jurados en este caso configura un paso más hacia los estándares de participación pública y acceso a la justicia en asuntos ambientales establecidos en el Acuerdo de Escazú, un tratado internacional firmado por 24 países latinoamericanos, ratificado por Argentina y con vigencia de ley desde el año 2021.
El poder, la influencia y las presiones que pueden ejercer los actores de este sector ya han quedado demostrados en el accionar de un juez que intentó evitar el juicio. No obstante, este suceso no sorprende, la justicia ha dado múltiples ejemplos de la impunidad histórica que poseen estos sectores. Basta con ver el (in)cumplimiento de uno de los fallos más famosos en materia ambiental de nuestro país, la causa “Mendoza”
En un caso donde la complejidad y la multiplicidad de víctimas es tal que, en última instancia, podría afirmarse que se afecta a toda la humanidad, resulta esencial garantizar la participación con el objetivo de democratizar la justicia, en particular los asuntos ambientales. Los intereses en juego son muy grandes y sólo un juicio oral, público y por jurados podrá garantizar la legitimidad de la decisión.
* Sofía Serrizuela es miembro del Equipo de trabajo del INECIP.